miércoles, 24 de mayo de 2017

LINEAMIENTOS PRESIDENCIALES – GRAN MOVILIZACIÓN POR LA PAZ Y EN APOYO A LA CONSTITUYENTE


Fuente: Análisis del Entorno (16:51 HLV)


 Lugar: Palacio de Miraflores
Fecha: 23 de mayo de 2017
Hora Inicio: 14:20:00 HLV - Fin: 14:57 HLV
Tiempo Total: 00:37:00

TEMAS TRATADOS
·        ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE

RESUMEN
En el Palacio de Miraflores, el presidente Nicolás Maduro recibió la Gran Movilización por la Paz y En Apoyo a la Constituyente, acto donde participaron los distintos sectores sociales del país en respaldo a la iniciativa del Ejecutivo. “Es la constituyente más democrática que logra el sueño de nuestro Comandante Chávez, el sueño de darle la voz a los trabajadores de la clase obrera, a los campesinos a los comuneros a los empresarios”, manifestó.
En su alocución, leyó el Decreto Constitucional referente a las propuestas para las bases comiciales pro  Constituyente, documento emanado de la consulta que se realizó durante 23 días, en compañía de todos los sectores de la vida social, política y económica, a excepción de Fedecámaras y la MUD. En el escrito, se expone como prioridad “garantizar la paz del país ante las circunstancias sociales, políticas y económicas actuales en las que se ven las amenazas internas y externas de factores antidemocráticos y demarcadas por una postura antipatria”.
El Primer Mandatario destacó que la convocatoria “se cierne en el orden constitucional con el supremo  compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y la refundación de la nación venezolana”, basado en principios humanistas y sustentados en condiciones morales éticas “que persiguen el progreso de la Patria en conformidad con el artículo 226” de la actual Constitución.

ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE

  • En compañía del Poder Popular y parte del Gabinete de Gobierno, expresó: “Es la constituyente más democrática que logra el sueño de nuestro Comandante Chávez de darle la voz a los trabajadores de la clase obrera, a los campesinos, a los comuneros, a los empresarios”, manifestó.
  • “El dilema de Venezuela hoy  23  de mayo de  2017  está muy claro, o queremos paz o queremos violencia, queremos tranquilidad o queremos guarimba, educación, trabajo y vida o una guerra civil (…) El dilema se resuelve muy fácil, votos o balas, ¿qué quiere el pueblo?”, agregó. 
  • Exhortó al pueblo a vigilar la paz en cada barrio, en cada avenida, en cada esquina, en unión cívico-militar para defender el derecho a la paz.
  • “Basta de odio, de fascismo, de bandas armadas que saquean (…) Tenemos que defender la paz y le estoy entregando un arma para defender la paz, la Asamblea Nacional Constituyente, el gran instrumento para la paz”, indicó.
  • Asimismo, repudió la ausencia de representantes de Fedecámaras y la MUD durante el proceso de consulta que  se realizó durante 23 días, en compañía de todos los sectores de la vida social, política y económica.
  • “Fedecámaras dijo que sí, que ya venía, luego que tenía problemas para venir ¿no pudo cuadrar la agenda para dialogar Fedecámaras? Y la MUD nunca respondió oficialmente. Su respuesta fue las guarimbas, la respuesta al diálogo fue quemar a unos jóvenes en la Plaza Altamira el sábado pasado, jóvenes que hoy están entre la vida y la muerte (...) la respuesta fue la violencia, la intolerancia y llamar a la insurrección armada”, señaló.
  • En este sentido leyó el Decreto Constitucional emanado de la consulta antes mencionada, escrito en el cual se expone como prioridad “garantizar la paz del país ante las circunstancias sociales, políticas y económicas actuales en las que se ven las amenazas internas y externas de factores antidemocráticos y demarcadas por una postura antipatria”.
  • Además, destacó que la convocatoria “se cierne el orden constitucional con el supremo  compromiso y voluntad de lograr la mayor eficacia política y la refundación de la nación venezolana”, basado en principios humanistas y sustentados en condiciones morales éticas “que persiguen el progreso de la Patria en conformidad con el artículo 226” de la actual constitución.
  • Entre las disposiciones contentivas en el Decreto para las Bases Comiciales destacan:
I.- Los integrantes de la Asamblea Nacional Constituyente serán elegidos en el ámbito territorial y sectorial mediante el voto universal directo y secreto, sin perjuicios de los y las integrantes de los pueblos indígenas que serán elegidos y elegidas de acuerdo a sus costumbres y prácticas ancestrales, amparados por los artículos 1199 y 125 de la Carta Magna.
Los sectores comprenden, 1) trabajadores y trabajadoras, 2) campesinas, campesinos, pescadoras y pescadores, 3) los y las estudiantes del país, 4) Personas con alguna discapacidad, 5) los pueblos indígenas del país, 6) pensionados y pensionadas de la patria, 7) empresario y empresarias, 8) Comunas y Concejos Comunales.
II.- Estará integrada por 364  miembros escogidos territorialmente, 8 constituyentes electos por los pueblos indígenas. Se elegirán también constituyentes sectoriales cuyo número se obtendrá del cociente entre el registro electoral de cada sector y el factor obtenido para calcular los constituyentes territoriales, es decir, se elegirá un constituyente sectorial por cada  83 mil electores del Registro Electoral Sectorial. La Asamblea Nacional Constituyente tendrá una conformación unicameral y solo se elegirán representantes principales.
III.- En el ámbito territorial, se producirá la elección de  364 constituyentes a la Asamblea Nacional Constituyente conforme a la siguiente distribución: 1 constituyente electo por cada municipio del país que será elector de manera nominal de acuerdo al principio de representación mayoritario y 2 constituyentes en los municipios capitales de los estados que serán electos mediante la modalidad lista de acuerdo al principio de representación proporcional. En el Municipio Libertador de Caracas, se escogerán 7 constituyentes mediante la modalidad de lista de acuerdo al principio de representación proporcional.
[En relación a los otros estados: Anzoátegui tendrá 22 constituyentes, Apure 08, Aragua 19, Barinas 13, Bolívar 12, Carabobo 15, Cojedes 10, Falcón 26, Guparico16, Lara 10, Mérida 24, Miranda 22, Monagas  14, Nueva Esparta 12, Portuguesa 15, Sucre 16, Táchira 30, Trujillo 21, Yaracuy 15, Zulia 22, Amazonas 08, Delata Amacuro 05 y Vargas 02].
Parágrafo único: Los pueblos indígenas estarán representados por 08 constituyentes electos o electas de acuerdo a la previsión reglamentaria que al efecto dicta el Consejo Nacional Electoral, tomando como base el mismo mecanismo de respeto, sus costumbres y prácticas ancestrales de la misma manera que se realizó para escoger a los representantes de los pueblos indígenas en la Asamblea Nacional Constituyente de 1999 convocada por el Comandante Hugo Chávez.
IV.- En el ámbito sectorial, se producirá la elección conforme a la siguiente distribución: los campesinos y campesinas, pescadores y pescadoras, las personas con alguna discapacidad, los empresarios y empresarias,  pensionados y pensionadas, los y las estudiantes del país, los trabajadores y trabajadoras, serán electos y electas en listas nacionales de acuerdo al principio de representación mayoritaria y los representantes constituyentes de Comunas y Consejos Comunales se escogerán regionalmente de acuerdo al principio de representación mayoritaria en todos los estados del país.
V.- El Consejo Nacional Electoral deberá solicitar los registros de los sectores a las instituciones oficiales, gremios y asociaciones debidamente establecidos. La información correspondiente al sector de los trabajadores y trabajadoras deberá solicitarla de acuerdo al tipo de actividad laboral. a) Petróleo, b) Minería, c) Industrias Básicas, d) Comercio, f) Educación, g) Salud, h) Deporte, i) Transporte, j) Construcción, k) Cultores, l) Intelectuales, m) Prensa n) Ciencia y Tecnología, o) Administración Pública.
La información del sector estudiantil deberá solicitarla de acuerdo a la siguiente clasificación: a) Educación Universitaria Pública, b) Educación Universitaria Privada, c) Misiones Educativas. El Consejo Nacional Electoral, una vez recibido podrá agruparlos por áreas en similar condición  y distribuirlos según la base poblacional establecida.
Parágrafo Único: A fin de preservar el principio de “un elector - un voto”, principio universal, ningún elector podrá estar en más de un registro sectorial. A tal efecto, el Consejo Nacional Electoral deberá garantizar este principio de acuerdo al siguiente orden de prelación: a) Empresarios y empresarias, b) campesinos y campesinas, pescadores y pescadoras, c) Personas con alguna discapacidad, d) los y las estudiantes, e) trabajadores y trabajadoras, f) Comunas y Concejos Comunales, g) Pensionados y pensionadas.
VI.- La postulación de los candidatos y candidatas se podrá presentar en alguna de las siguientes formas: 1) Por iniciativa propia, 2) Por iniciativa de grupos de electores y electoras, 3) por iniciativa de sectores antes mencionados
Parágrafo Único: Para postularse por iniciativa propia se requiere respaldo del 03% de los electores y electoras inscritas en el Registro Electoral de los municipios para la elección de los constituyentes territoriales. En el ámbito sectorial, los candidatos y candidatas serán postulados por el sector correspondiente y deberá recibir el respaldo del 03% del registro del sector al que pertenece.
VII.- Para ser postulado como candidato o candidata a la Asamblea Nacional Constituyente se requiere: 1) ser Venezolana o venezolana por nacimiento sin otra nacionalidad, 2) mayor de 18 años de edad a la fecha de elección, 3) haber residido 5 años en la entidad correspondiente, 4) estar inscrito o inscrita en el registro electoral, 5) en el ámbito sectorial se requiere presentar la constancia del postulado o postulada como candidato o candidata a la Asamblea Nacional Constituyente de pertenecer al sector que se postula y las demás que se establezcan en las normativas que se dicte al efecto.
VIII.- Los y las constituyentes gozaran de inmunidad inherente al ejercicio de sus funciones en los términos que consagrará la Asamblea Nacional Constituyente.
IX.- Las postulaciones de los y las candidatas a la Asamblea Nacional Constituyente deberán ser presentadas ante las juntas electorales que al efecto determine el Consejo Nacional electoral que es el poder que rige el proceso.

X.- No serán elegibles como garantes a la Asamblea Nacional Constituyente las personas que desempeñen los cargos públicos que  se mencionen a continuación: Presidente de la República, Vicepresidente Ejecutivo, Ministros y Ministras, Secretario de la Presidencia, Directores y Presidentes de Institutos autónomos y empresas del Estado, gobernadores o gobernadoras, secretario de Estado, autoridades de similar jerarquía del Distrito Capital, diputados y diputadas de la Asamblea Nacional, legisladores y legisladoras de los Consejos Legislativos, Alcaldes y alcaldesas, concejales y concejalas, magistrados y magistradas y demás jueces de la República, la Fiscal General de la República y Fiscales del Ministerio Público, el Defensor del Pueblo y los defensores regionales, el Contralor General de la República, Procurador General de la República, militares activos, Rector y rectores del CNE.
XI.- La Asamblea Nacional Constituyente se instalará en las 72 horas siguientes a la proclamación de los y las constituyentes electos y tendrá como sede el Salón Elíptico del Palacio Federal Legislativo y se regirá por el estatuto de funcionamiento de la Asamblea Nacional Constituyente del año 1999 de manera provisional en cuanto sea aplicable su propio estatuto de funcionamiento.
XII.- Una vez sea aprobada la Asamblea Nacional Constituyente, como Poder Originario que recoge la soberanía popular deberá dictar sus estatutos de funcionamiento, teniendo como límites los valores y principios de nuestra historia Republicana, así como el cumplimiento de los tratados internacionales, acuerdos y compromisos válidamente suscritos por la República, el carácter progresivo de los derechos fundamentales de los ciudadanos y ciudadanas y las garantías democráticas dentro del  más absoluto respeto de los compromisos asumidos.
“Procedo a firmar este decreto y se los entregó a ustedes, al pueblo, para que la Comisión Constituyente y el Alto Mando Político en Marcha Popular lo lleve al Consejo Nacional Electoral y se lo entregue al Poder Electoral, que sea el pueblo que lo lleve en marcha sagrada con su tricolor en la calle”, comunicó el presidente Maduro a los presentes.
“No será un constituyente de la élites económicas y políticas, no será una constituyente divorciada del saber y el sentir del pueblo, no. Esta constituyente nace hoy 23  de mayo del 2017 al calor del pueblo”, expresó durante la firma del documento.
“Los que queremos paz vamos por las vías constitucionales y electorales a una constituyente que recomponga el país y construya una nueva paz (...) comienza la batalla por la paz de Venezuela”, agregó.

VIDEOS
364 Constituyentes electos por el pueblo formarán la ANC (VTV)
Pdte. Maduro llamó al pueblo a vigilar la paz en cada esquina y calle en unión cívico-militar (VTV)
Presidente Maduro: Esta es la Constituyente más democrática (Panorama)




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