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domingo, 12 de julio de 2015

Tres funcionarios del Seniat privados de libertad este mes dentro de lucha anticorrupción


Credito: Archivo

Caracas, 12 de julio de 2015.- Como parte de la lucha contra la corrupción que adelanta el Gobierno revolucionario del presidente Nicolás Maduro, el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) liderado por José David Cabello Rondón, realizó la detención de una funcionaria que presuntamente se encontraba realizando acciones ilícitas en el Sector de Tributos Internos de San Fernando de Apure, incumpliendo con los estatutos establecidos en la ley y en las políticas de la institución.
La privativa de libertad fue ejecutada por personal de seguridad y resguardo del ente recaudador, con el apoyo de funcionarios adscritos a la Segunda Comandancia D-352 de la Guardia Nacional Bolivariana en la población de Mantecal, municipio Muñoz del estado Apure.
Para el momento de la detención la funcionaria tenía dinero en efectivo, producto de una presunta extorsión; el procedimiento y las actuaciones están a orden de la Fiscalía Quinta del Ministerio Público del estado Apure.
Con esta captura, ya suman tres los funcionarios del SENIAT que se encuentran bajo privativa de libertad, siendo los dos primeros de la Región Guayana y Región Centro Occidental respectivamente.
Es así como el SENIAT, enmarcado en el Plan Anticorrupción que promueve el presidente Nicolás Maduro, continúa realizando labores de investigación, supervisión y depuración, para erradicar por completo los actos de corrupción tanto dentro como fuera de la institución, a fin de llevar a cabo una gestión de Eficiencia o Nada en beneficio del pueblo venezolano.

domingo, 14 de julio de 2013

El SENIAT orientó a panaderías, farmacias y licorerías de Mérida sobre normas tributarias



 
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Para dar continuidad a las jornadas de orientación fiscal enfocadas a distintos segmentos comerciales, el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) efectuó tres charlas dirigidas a más de cien representantes del sector de panaderías, farmacias y licorerías, en la sede de la Cámara de Comercio e Industrias del estado Mérida, ubicada en la zona industrial del sector Los Curos de la capital andina.
En este sentido, los funcionarios del Sector de Tributos Internos Mérida analizaron la Providencia Administrativa N° 00071, que establece las normas generales para la emisión de facturas y otros documentos, enfatizando en la obligatoriedad del uso de la máquina fiscal como medio de emisión de facturas, para los sujetos pasivos prestadores de servicios descritos en el artículo 8 de la referida norma.
Así mismo, la jornada incluyó el análisis de los deberes formales establecidos en el artículo 145 del Código Orgánico Tributario, entre los que destacan: llevar correctamente los libros y registros especiales; inscribirse en los registros pertinentes; emitir los documentos exigidos por las leyes tributarias; exhibir y conservar en forma ordenada los libros de comercio, los libros y registros especiales, los documentos y antecedentes de las operaciones o situaciones que constituyan hechos imponibles, entre otros.
Igualmente, se subrayaron otros deberes formales, como contribuir con los funcionarios autorizados para la realización de las fiscalizaciones; exhibir ante los mismos y en las oficinas las declaraciones, informes, documentos, comprobantes de legítima procedencia de mercancías, relacionadas con hechos imponibles; dar cumplimiento a las resoluciones, órdenes, providencias y demás decisiones dictadas por los órganos y autoridades tributarios, entre otros.
IVA, ISLR y licores
También, el ciclo de charlas incluyó el estudio de los deberes formales del Impuesto al Valor Agregado (IVA) y del Impuesto Sobre la Renta (ISLR), establecidos en las respectivas leyes y reglamentos de los mencionados tributos.
En materia de licores, los asistentes de ese segmento comercial fortalecieron los conocimientos y profundizaron en la materia estipulada en la Ley de Impuesto sobre Alcohol y Especies Alcohólicas, y su respectivo Reglamento, ámbito de aplicación, facultades de fiscalización, foliatura de libros, guías de despacho y sus requisitos, entre otros elementos.
Con estas acciones, el SENIAT cumple la visión institucional de fomentar la cultura y garantizar el cumplimiento de las obligaciones y deberes fiscales, como parte de los principios del Sistema Aduanero y Tributario Socialista que fomenta el Superintendente José David Cabello Rondón. 
 

jueves, 22 de noviembre de 2012

EL SENIAT E INDEPABIS FORTALECEN DERECHO DE CONSUMIDORES A EXIGIR LA FACTURA EN RESTAURANTES




En consonancia con los artículos 8 y 44 de la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, que establece como derechos de los consumidores “la información suficiente, oportuna, clara y veraz sobre los bienes y servicios a su disposición con especificaciones de precios (…)” y  “la obligación de los prestadores de servicios a entregar facturas que documenten la venta o servicio ofrecido”; el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), publicó la Providencia N° 00071 el pasado 8 de noviembre de 2011, la cual afianza en materia de IVA las “Normas Generales de Emisión de Facturas y Otros Documentos”, al  recalcar la obligatoriedad por parte de restaurantes, todo servicio de comida, bebidas y similares, de emitir la factura como único documento para informar los conceptos del consumo y los montos de las operaciones efectuadas.
Ambas normativas se complementan tomando en cuenta que tanto el SENIAT como el Indepabis, refuerzan el derecho de las personas a estar informadas sobre sus consumos y que es a través de la emisión de la factura propiamente dicha, que garantiza que el monto que cancela por concepto de Impuesto al Valor Agregado (IVA), ingresará al Tesoro Nacional, a los efectos de reinvertirlos en los planes y proyectos de desarrollo para el país.
Alerta el organismo tributario que toda persona que acepta la emisión física o electrónica de documentos distintos a  la factura como notas de consumo, estados de cuenta, reportes gerenciales o comandas, utilizados para informar el monto parcial o total de las operaciones efectuadas, corre el riesgo de dejar el monto pagado por concepto de IVA, al establecimiento.

No te dejes engañar… es la factura
En este sentido, el Superintendente Nacional Aduanero y Tributario, José David Cabello Rondón, recalcó a los consumidores el articulo 49 de la Providencia N° 00071 que señala expresamente prohibida para los prestadores de servicios obligados al uso de máquinas fiscales como comida, bebidas y similares;  la emisión y entrega de cualquier otro documento para informar el  monto parcial o total de las operaciones, por cuanto pudiera confundirse tal documento con una factura.
Cabello Rondón especifica que toda factura debe contener la denominación “Factura”, nombre y apellido o razón social, RIF y domicilio fiscal del emisor, fecha y hora de la emisión, número consecutivo y único de la factura, descripción, cantidad y monto del bien o servicio, base imponible del IVA a cobrar, total con IVA, alícuota del IVA, logotipo fiscal (MH) y número de registro de la máquina.
El SENIAT alerta entonces a los consumidores que no se dejen engañar, que en lugar de solicitar la cuenta, deben exigir la factura correspondiente para luego efectuar su pago a través del mecanismo que consideren. Insiste que no pueden aceptar como excusa la emisión de montos previos a través de otros documentos físicos e inclusive, a través de dispositivos electrónicos como teléfonos celulares, tabletas o “tablets” y/o  monitores de computadoras.
Explica Cabello Rondón que si luego de emitir la factura se requiere por algún motivo una modificación parcial o la anulación total de la transacción realizada, se deberá recurrir a la operación que corresponda y que la Administración Tributaria facilita, como emitir nota de débito o de crédito, o anular la factura, todo ello de conformidad con lo señalado en el ordenamiento jurídico tributario vigente.
“Algún error en la factura entregada no puede ser asumido como excusa para no emitirla.  La Administración Tributaria facilita los mecanismos correspondientes para modificar o anular la operación”, señaló el Superintendente del SENIAT”.

Nota de Prensa SENIAT