jueves, 31 de marzo de 2016

Siete razones por las cuales la Ley de Amnistía será vetada


La Ley de Amnistía impuesta por la derecha venezolana en el Parlamento ha sido aprobada en segunda discusión, lo que da pie para su revisión ante la Sala Constitucional del TSJ. En este punto, todos sabemos lo que va a ocurrir. Incluso quienes redactaron y aprobaron esa ley, saben lo que va a ocurrir. Así lo esperan.
Esa ley será vetada por contener cuestiones abiertamente violatorias a la Carta Magna. Necesario es reconocer primero que no estamos ante una mera diatriba leguleya, este es un espacio de definición en lo político, pues en este contexto parte en principio la aprobación de la ley y tras ella yacen cuestiones claramente definidas en esa dirección. Como en todo acto de confrontación política, la opinión pública (cosa a veces abstracta y maleable, pero importante en cualquier coyuntura) es un hecho de espacio político, por lo cual el veto a esa ley trae consigo muchas razones a considerar y conocer. Debe saberse por qué será vetada y qué circunstancias van a propiciarse luego de eso.
Esa ley debe ser negada, precisamente por las negaciones que ella trae consigo. Son estas cuestiones inherentes a la vida nacional, entendida toda como un espacio social donde no sólo hay chavistas, sino donde existe un crisol de subjetividades e identidades distintas que confluímos todas en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
1. La negación de la política. Las amenazas de confrontación a expensas del veto de la ley y la no liberación de los criminales, es una cuestión abierta, explícita. Es la lógica hampona, matona, del "suéltame porque si no te mato". Parten del principio de imponer la impunidad y autoperdón de los trangresores, para que a cambio haya "paz" sin declarar garantía alguna de que así será. El trasfondo político de la ley yace en el desconocimiento del otro, en la negación del adversario. Quienes redactaron la ley y saben que será vetada, la emplean como arma de extorsión, como arma de guerra, para detonar situaciones de enfrentamiento y desestabilización, lo que en esencia es una negación de la política. La política es, según Aristóteles, nuestro esfuerzo para convivir en sociedad. Matarnos es la negación de la política.
2. La negación de la paz y la declaración de la guerra. El correlato de la guerra yace en la Ley de Amnistía con una gran carga simbólica, la de la victoria de los trangresores. Su discurso narrativo niega la paz, pues al enfocarse exclusivamente en el autoperdón, niega nuestro derecho a la justicia, a la verdad y a la reparación. No es una ley diseñada para la concordia política, por el contrario transgrede la política y facilita las condiciones que la socavan como acto social, donde reside el "pacto social", el mismo que nos convoca al respeto al derecho ajeno y el apego a la ley. Durante el año 2014, resquebrajaron nuestros frágiles pactos de convivencia y tolerancia durante las guarimbas y la promoción del enfrentamiento pueblo vs pueblo, situación que actualmente legitiman intentando liberar a los responsables.
Por otro lado, esta ley perdona delitos como la instigación a la desobediencia de las leyes, la instigación al odio y apología del delito, tipificados en el artículo 285 del Código Penal. Al promover una falsa "reconciliación", esta ley pretende dejar en impunidad total precisamente a los promotores del odio y el enfrentamiento. Los mismos acostumbrados a quebrantar la ley en nombre de la política. No hay reconciliación allí, para haberla debe haber perdón del adversario y no es el chavismo el que perdona, son ellos mismos que se autoperdonan.
3. La negación de la autoridad. Para poner sólo un ejemplo. La ley perdona delitos como los tipificados en el Artículo 483 del Código Penal vigente sobre desobediencia a la autoridad y los delitos señalados en los artículos desde el 215 al 221 de la misma norma sobre violencia y resistencia contra la autoridad. Intentan liberar culpables materiales e intelectuales de estos delitos, con lo cual intentan socavar la institucionalidad, las expresiones del orden público, promoviendo a su vez la destrucción del sentido concreto de autoridad.
El propósito de esto es propiciar un Estado fallido en Venezuela. Sólo los interesados en el caos y la desestabilización quieren instituciones débiles que toleren el desorden y promuevan la impunidad. La negación de la autoridad parte, políticamente, de destruir el orden político y social. Esta situación concuerda totalmente con la "Hoja de ruta" de la MUD, estrategia pseudopolítica para propiciar un desplazamiento del Poder Ejecutivo en Venezuela.
La Ley de Amnistía niega la Constitución de facto
4. Negación de la patria. La ley perdonará a todo aquel que desde 1999 haya promovido una intervención extranjera, haya traicionado a la patria o haya mancillado nuestros símbolos, nuestra identidad o que haya transgredido nuestra venezolanidad como expresión concreta. Perdonan crímenes tipificados en el Código Penal, concretamente en los artículos 128, 129, 132, 134, 140, 141 y 163.
Socavando la identidad patria, violentan principios fundamentales de la esencia republicana, pero más grave aún, brindan legitimidad al Decreto Obama, el acto injerencista llamado "Ley 2014 para la Defensa de los Derechos Humanos y Sociedad Civil de Venezuela", donde además de declararnos "amenaza inusual y extraordinaria" recrean la inexistencia de nuestro país como situación concreta, con instituciones y con un cuerpo político social. Mientras Obama nos declara forajidos, dentro de Venezuela la derecha promueve la intervención de Washington.
5. Negación de la seguridad de la población. Esta se basa en la instauración del imperio del caos, el miedo y la incertidumbre. La Ley de Amnistía perdona crímenes que en Venezuela, como en cualquier país del mundo, están inscritos en la categoría de terrorismo. Perdonan delitos tipificados en el Código Penal señalados en los artículos 473, 474 y 479, sobre daños a la propiedad. Perdonan delitos señalados en el mismo Código en sus artículos 296 y 297 sobre importación, fabricación, porte, detentación, suministro y ocultamiento de artefactos explosivos e incendiarios, así como quienes porten y den uso a armas letales. Perdona a quienes hayan cometido lesiones contra personas o crímenes reseñados en los artículos 413, 414 y 415 del Código Penal. Para los actores de la violencia, las muertes, los heridos, la destrucción, el caos, el incendio y el terrorismo, son aderezos a su matriz de desestabilización.
6. Negación de la democracia. La derecha venezolana violenta un principio fundamental de la democracia, que en estos particulares momentos donde se promueve la confrontación, es de suma importancia. Destruyen el sentido de la reconciliación basada en el reconocimiento del otro. Para ellos no hay víctimas, sólo victimarios a los cuales hay que reparar (liberar, perdonar). Por su mayoría coyuntural en la AN, la derecha venezolana impone una ley pensada para sí misma, focalizada en actores muy específicos, negando a las grandes mayorías nacionales (de las cuales también forman parte los mismos opositores) de las garantías al acceso a la justicia, a la construcción de la paz y de la estabilidad. Socavan nuestros derechos políticos y sociales en favor de grupos elitescos que tienen a su servicio grandes y poderosos lobbys de presión. Quieren imponer un Estado fallido y la impunidad de facto, para favorecer a unos cuantos (muy poderosos).
7. Negación de la Constitución. Violentan la norma vital, la carta máxima, el contrato social tronco de la Venezuela contemporánea. Según nuestra Constitución existe un principio de progresividad en nuestra adquisición de derechos políticos y sociales, que son derechos humanos. El artículo 19 consiste en la irreversibilidad de los derechos que ya han sido reconocidos, por lo que los mismos no pueden ser desconocidos ni disminuidos, precisamente por ser inherentes a las personas. Por lo tanto, ninguna norma o ley puede transgredir nuestro derecho a la justicia pertinente, a la paz política y social y menos todavía debe crear condiciones que socaven la tarea de las instituciones en la impartición de la justicia. Para nuestra Constitución no hay preferencias de índole política que hagan prevalecer los derechos de unos por encima de los de otros. Así de simple.

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