“Toda persona tiene derecho a la protección por parte del Estado, a través de los órganos de seguridad ciudadana regulados por ley"
El ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justica y Paz (Mpprijp) designó los 24 articuladores estadales del Frente Preventivo para la Vida y Paz, así como al G/D Giuseppe Cacioppo, como el encargado nacional de la instancia política-técnica-articuladora.
Esta medida se ratificó mediante Resolución Nº 195 publicada en la Gaceta Oficial Nº 41.507 de fecha 22 de octubre de 2018.
Luego de realizarse el I Encuentro Nacional del Frente Preventivo, el M/G Néstor Luis Reverol Torres, tomó en cuenta las consideraciones realizadas por los más de 300 delegados en el territorio nacional que expusieron sus propuestas y aportes para implementar la Gran Misión Cuadrantes de Paz, mediante un Sistema Nacional de Prevención Integral, reseñó una nota de prensa del Mpprijp.
La Resolución establece la organización, funciones, responsabilidades, financiamiento, sistema de evaluación, control y seguimiento de la gestión del Frente Preventivo como instancia política y técnica, organizativa, articuladora e integradora de acción extensiva y territorializada por los Cuadrantes de Paz.
Explicó el comisionado nacional de la Gran Misión A Toda Vida Venezuela (Gmatvv), Rafael Sánchez, que “en el marco del desarrollo y despliegue de los Cuadrantes de Paz se hace necesario que el Frente Preventivo ejecute las funciones que garanticen la atención a la población en diferentes ámbitos, así como el resguardo de la integridad física y moral de las personas ante cualquier riesgo o vulnerabilidad”.
Añadió que el Frente Preventivo tiene la responsabilidad de propiciar mecanismos de coordinación y articulación a través de los vértices y de las acciones programáticas de “la Gran Misión Cuadrantes de Paz, como fiel heredera de la doctrina rectora planteada por el Comandante Hugo Chávez en la Gran Misión a Toda Vida Venezuela (Gmatvv) en el año 2012”.
El Frente Preventivo del Mpprijp, viene ejecutando acciones en todo el país desde el año 2016 en cumplimiento del Artículo Nº 55 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: “Toda persona tiene derecho a la protección por parte del Estado, a través de los órganos de seguridad ciudadana regulados por ley, frente a situaciones que constituyan amenaza, vulnerabilidad o riesgo para la integridad física de las personas, sus propiedades, el disfrute de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes”
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