Caracas, 5 de febrero de 2015.- Este jueves fue publicada en Gaceta Oficial número 6.170, de fecha 4 de febrero de 2015 el precio único de venta al público de la harina de maíz precocida, establecido en 19 bolívares.
Igualmente la normativa establece; “queda prohibida toda fabricación y comercialización de harinas mejoradas o mezcladas, a partir de la harina de maíz precocida, de maíz blanco y amarillo”.
Asimismo expresa que está autorizada la venta y comercialización de las harinas mejoradas o mezcladas que se encuentren en existencia.
En este orden de ideas la resolución reitera que “el fabricante, productor, importador y los propietarios o responsables de los establecimientos comerciales mayoristas y detallistas, deberán cumplir con las normativas vigentes en materia de presentación, rotulado y publicidad, relativas a los productos puestos a disposición de la población”.
Asimismo, deben garantizar la existencia y expendio de los productos en toda la cadena de comercialización nacional.
Quienes infrinjan dicho reglamento o incurran en ilícitos económicos o flagelos como el acaparamiento, la especulación o el contrabando, serán sancionados conforme a la ley. VL.