viernes, 21 de noviembre de 2014

Multas a contribuyentes especiales llegarán a 200%



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Los contribuyentes especiales a partir de ahora si cometen infracciones deberán pagar hasta 200% en multas “sobre la base de la deuda que tengan”, así lo explicó el superintendente del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat), José David Cabello, tras informar los alcances de la leyes en el ámbito de aduanas y tributos promulgadas el pasado martes por el presidente de la República, Nicolás Maduro.
Desde la sede del Seniat, Cabello, acompañado del vicepresidente para Economía y Finanzas, Rodolfo Marco Torres, señaló que la medida fue tomada debido a que los contribuyentes especiales (grandes empresas) “incumplen con las especificaciones de la normativa del Código Orgánico Tributario. Ellos deberán cumplir porque poseen ganancias superiores”.
Otra de las modificaciones que tiene el Código Orgánico Tributario será la suspensión del acto de cobro, lo que significa que las empresas que se declaren en quiebra o con insuficiente liquidez, no podrán valerse de recursos penales para evadir el pago de impuestos.
La administración tributaria tendrá facultades para evaluar los bienes y activos de la empresa y podrán pasar a ser propiedad del Fisco Nacional en el caso de incumplimiento en los pagos.
Cabello aseguró que dicha medida proporcionará al Seniat un ingreso para el próximo año entre los 70 y 80 millardos de bolívares.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA
En el caso de la Reforma de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, informó que al sector financiero se le elimina el ajuste por inflación debido a que bancos, seguros y reaseguros dejaban de cancelar el 0.31 del Producto Interno Bruto (PIB).
Al respecto, el vicepresidente Rodolfo Marco Torres aseveró que “es un artificio utilizado desde 1991, donde a través de este mecanismo se evadía el pago de los impuestos (…) con esta modificación tanto los bancos , seguros y reaseguros tendrán que cancelar lo justo”.
Igualmente se eliminó las excepciones a cooperativas, asociaciones y fundaciones, en ese caso Cabello detalló que en el país existen muchas universidades bajo el nombre de fundación que no pagan impuestos.
Sin embargo, el también ministro de Industrias aclaró que existen “cooperativas y fundaciones que son verdaderas y tienen toda la posibilidad de gozar de estas excepciones porque el Ejecutivo está facultado para eso”.
EL IVA SIGUE IGUAL
Durante la rueda de prensa, el superintendente anunció que el Impuesto al Valor Agregado (IVA) se mantiene al 12% y no sufrirá ninguna variación que afecte al pueblo venezolano.
Afirmó que lo que aumentó fue la alícuota correspondiente a los artículos considerados de lujo.
“Se aumenta el impuesto al lujo que antes estaba al 10% y ahora pasa al 15% que pagarán aquellas personas que quieran adquirir algún artículo como yates, aviones” explicó Cabello.
LEY DE IMPUESTO DEL ALCOHOL
La reforma de la Ley de Impuesto sobre el Alcohol y Especies Alcohólicas, contempla el aumento de la alícuota de impuesto para los vinos de 15% a 35%.
Otras bebidas alcohólicas que no fueron precisadas, el impuesto era de 20% ahora pasará a un 50%. Comentó que en el caso de la cerveza no habrá aumento en el pago de aranceles.
Quedó eliminado el plazo de 90 días para los importadores de licores para el pago de tributos. Ahora tendrán que pagarlos de manera inmediata.
Indicó que en Venezuela el pago de impuestos por especies y bebidas alcohólicas está muy por debajo de la medida mundial.
MODIFICACIÓN EN LEY DE CIGARRILLOS
Cabello manifestó que con el objetivo de hacer más efectivos los procesos, también se eliminó el lapso de 90 días que tenía la industria tabacalera para pagar los impuestos. “Estamos eliminando el lapso y tendrán que pagar el impuesto inmediatamente una vez que la producción se esté dando, es un ajuste netamente de efectividad en el cobro y para garantizar la parte operacional”. aseveró.
Adicionalmente se refirió a la Ley Orgánica de Aduanas que tendrá una serie de ajustes, entre ellos, a partir de su aprobación, los importadores y exportadores deberán presentar una declaración anticipada, 15 días antes, de todos los productos que ingresen y de los que salgan del país.
Con esta medida se espera que sean más expeditos los procesos y haya una mayor supervisión por parte de las autoridades de la mercancía que se encuentra en los puertos.
STEPHANY SÁNCHEZ / CIUDAD CCS

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