sábado, 29 de abril de 2017

TSJ flexibiliza validación de partidos y exhorta al CNE a fijar nuevo cronograma Por: Aporrea.org | Sábado, 29/04/2017 05:47 AM |

Las organizaciones proscritas esperan por la decisión del TSJ hace más de año y medio


Credito: Archivo

29 de abril de 2017.- Este viernes 28 de abril el Tribunal Supremo de Justicia anunció un cambio en el procso de validación de las organizaciones políticas. El argumento que esbozó el organismo a la hora de dar a conocer esta nueva "decisión" es que se persigue la intención de hacer la renovación de los partidos "más cómoda al reconocerse su actividad en la democracia venezolana".
En la decisión, el máximo tribunal del país señala "que será reconocida la votación obtenida en el último proceso electoral en el que hayan participado los partidos políticos a los fines de completar el 0,5 % necesario para el proceso de validación efectuado por el Poder Electoral". Esto implicaría tomar en cuenta los votos registrados en los comicios de 2015.
La sentencia explica que, un primer escenario, aquellos partidos que logren el 0.5% requerido en 12 entidades se den por validados sin tener que someterse al proceso posterior efectuado por el CNE. El segundo aspecto es que las organizaciones políticas que no logren el mínimo en 12 entidades, deberán validarse en el resto de los estados hasta completarlo.
Con esta "flexibilización", el periodista especializado en materia electoral Eugenio Martínez advierte que salen beneficiados los partidos que integran al Gran Polo Patriótico. "El TSJ actúa para, en última instancia, evitar la ilegalización del Partido Comunista de Venezuela, Redes, Tupamaros", escribió en su cuenta de Twitter.
Añadió que otras organizaciones políticas como Copei, que no logró recabar el mínimo, también serían "beneficiadas" porque "tendría que recoger firmas en solo 7 estados (no en 12)".
En la sentencia, el TSJ también exhorta al CNE a fijar un "nuevo cronograma" para la renovación de partidos. "Quedará en manos del ente comicial fijar el nuevo cronograma y la cantidad de firmas por estados, incluyendo las organizaciones con fines políticos que ya se sometieron a dicho proceso, pues sus efectos son hacia el pasado", explica el comunicado.
Sin embargo, el TSJ no se ha pronunciado con relación a las organizaciones políticas proscritas como es el caso de Marea Socialista a quienes el CNE no les ha permitido legalizarse porque no les permite ni siquiera inscribirse con su propio nombre. Marea Socialista introdujo un recurso de nulidad, desde hace aproximadamente año y medio y aun están en la espera de la dcisión del TSJ.
A continuación, el comunicado emitido por la Sala Constitucional del TSJ:
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia estimó que será reconocida la votación obtenida en el último proceso electoral en el que hayan participado los partidos políticos a los fines de completar el 0,5 % necesario para el proceso de validación efectuado por el Poder Electoral. Tal decisión da respuesta a la solicitud de aclaratoria del Partido Bandera Roja.
Con esto, el proceso de validación de partidos permite al universo de organizaciones que su renovación sea más cómoda al reconocerse su actividad en la democracia venezolana. Quedará en manos del ente comicial fijar el nuevo cronograma y la cantidad de firmas por estados, incluyendo las organizaciones con fines políticos que ya se sometieron a dicho proceso, pues sus efectos son hacia el pasado.
Con ello se garantiza el pluralismo para el ejercicio cabal del derecho a la participación activa de las organizaciones con fines políticos y el fortalecimiento de la democracia.
La sentencia de la máxima intérprete de la Constitución, explica en un primer escenario que, la organización con fines políticos que logren el porcentaje mínimo requerido (0,5 %) en doce entidades se dará por validada sin necesidad de someterse al proceso efectuado por el Consejo Nacional Electoral. Mientras que, en un segundo escenario, aquellas que hayan alcanzado el porcentaje requerido en algunas entidades sin lograr las doce en los últimos comicios, deberán validarse en el resto de las entidades federales donde no hayan conseguido ese porcentaje mínimo hasta completar las doce entidades establecidas, teniendo por válidos los porcentajes obtenidos.
Con la decisión, la Sala Constitucional del máximo juzgado de la Nación, garantiza el trato igualitario para todas las organizaciones políticas que hacen vida en la democracia venezolana.

No hay comentarios:

Publicar un comentario