La responsabilidad es única y exclusiva de los dirigentes de la MUD
Los tiempos y lapsos del revocatorio, estipulados en la
normativa del Consejo Nacional Electoral, no dan para su realización
este año.
Septiembre 27 de 2016, 2:20 pm
Los
principales dirigentes de la oposición venezolana sostienen que las
razones por las cuales el referendo revocatorio no se realizará en 2016
tienen que ver con que el Consejo Nacional Electoral (CNE) violó su
propia normativa y la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela. Todo lo contrario: la MUD -o lo que queda de ella- es la
principal responsable de que no den los tiempos para la ejecución de un
referendo revocatorio.
1. Henry Ramos Allup logró situarse como presidente de la recién estrenada Asamblea Nacional mediante un pacto realizado con Voluntad Popular, en detrimento de Primero Justicia. Dicha negociación tenía como aspecto central movilizar toda la agenda política y parlamentaria del antichavismo hacia la ejecución de una ley de amnistía que se quedó en el papel. Perdieron cuatro meses valiosos. La solicitud para el referendo revocatorio comenzó a realizarse a mediados de abril, cuando debía hacerse el mismo mes de enero si buscaban tener mayores oportunidades de que el proceso electoral se diera en 2016.
2. Según la Resolución N° 070906-2770 del CNE que rige el proceso de referendo revocatorio, el lapso para el revocatorio es de 260 días u ocho meses, pudiendo extenderse en caso de existir impugnaciones por delitos electorales cometidos durante el proceso de manifestación de voluntades. El Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), como organización política y electoral, cuenta con las garantías legales del CNE para impugnar cada una de las fases del proceso. El tiempo y los lapsos del revocatorio están sujetos a estos recursos. Es decir: solicitar un referendo revocatorio en abril colocaba en situación de riesgo su realización en 2016, dada la normativa del CNE en la materia. El desconocimiento de la legislación electoral por parte de la MUD se suma al conjunto de variables que presionaron para que el revocatorio no les resultara como esperaban.
4. Más allá de este autogol cometido, que hayan auditado firmas de fallecidos, presidiaros y menores de edad -entre otras ilegalidades- genera un antecedente que poco favorece la transparencia de su solicitud, aun cuando ya fue aprobada la fecha para la recolección del 20% del padrón electoral a finales de octubre, utilizando el criterio de regionalización ya practicado durante la recolección del 1%. Este factor puede significar una mayor dilatación en los tiempos del proceso, ya que el PSUV se reserva acciones y recursos contemplados por la ley para impugnar la fase que queda por cumplir.
5. Haber dilatado la solicitud de referendo revocatorio ante el CNE en medio de su discusión interna sobre la renuncia, la enmienda para acortar el mandado y la constituyente, son la causa de que la recolección de las firmas, con apego a la Resolución N° 070906-2770, sea a finales de octubre. De conseguir las firmas necesarias, el CNE tendrá 20 días hábiles -un mes- para auditar y verificar las firmas. Luego tres días continuos más para declarar la procedencia o no del referendo revocatorio. Y de ser procedente, habrá un lapso de convocatoria al revocatorio de 90 días, tal cual expresa la ley, que colocaría la realización definitiva del proceso electoral para el primer trimestre del año 2017. Todos estos lapsos están contemplados y ajustados a derecho.
La normativa legal que rige la materia se puso en funcionamiento en 2007, factor que desmonta la tesis de que el CNE está manipulando su contenido dada la coyuntura política. La responsabilidad de que el revocatorio no sea en 2016 es única y exclusiva de la MUD, que pudiendo hacer el trámite en enero prefirieron derrochar el tiempo.
1. Henry Ramos Allup logró situarse como presidente de la recién estrenada Asamblea Nacional mediante un pacto realizado con Voluntad Popular, en detrimento de Primero Justicia. Dicha negociación tenía como aspecto central movilizar toda la agenda política y parlamentaria del antichavismo hacia la ejecución de una ley de amnistía que se quedó en el papel. Perdieron cuatro meses valiosos. La solicitud para el referendo revocatorio comenzó a realizarse a mediados de abril, cuando debía hacerse el mismo mes de enero si buscaban tener mayores oportunidades de que el proceso electoral se diera en 2016.
2. Según la Resolución N° 070906-2770 del CNE que rige el proceso de referendo revocatorio, el lapso para el revocatorio es de 260 días u ocho meses, pudiendo extenderse en caso de existir impugnaciones por delitos electorales cometidos durante el proceso de manifestación de voluntades. El Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), como organización política y electoral, cuenta con las garantías legales del CNE para impugnar cada una de las fases del proceso. El tiempo y los lapsos del revocatorio están sujetos a estos recursos. Es decir: solicitar un referendo revocatorio en abril colocaba en situación de riesgo su realización en 2016, dada la normativa del CNE en la materia. El desconocimiento de la legislación electoral por parte de la MUD se suma al conjunto de variables que presionaron para que el revocatorio no les resultara como esperaban.
La responsabilidad de que el revocatorio no sea en 2016 es única y exclusiva de la MUD3. Durante el proceso de recolección de firmas del 1%, la MUD se propinó un autogol que complicó los procedimientos estipulados por el CNE para esta fase: el sistema de auditación y verificación del ente electoral estaba preparado para recibir 197 mil firmas, cantidad que exige la resolución antes comentada en un lapso de 30 días. La MUD entregó 1 millón 100 mil firmas aproximadamente -en su gran mayoría fraudulentas-, que impactaron negativamente en lo que pensaban lograr: mayor celeridad en la auditación de las firmas.
4. Más allá de este autogol cometido, que hayan auditado firmas de fallecidos, presidiaros y menores de edad -entre otras ilegalidades- genera un antecedente que poco favorece la transparencia de su solicitud, aun cuando ya fue aprobada la fecha para la recolección del 20% del padrón electoral a finales de octubre, utilizando el criterio de regionalización ya practicado durante la recolección del 1%. Este factor puede significar una mayor dilatación en los tiempos del proceso, ya que el PSUV se reserva acciones y recursos contemplados por la ley para impugnar la fase que queda por cumplir.
5. Haber dilatado la solicitud de referendo revocatorio ante el CNE en medio de su discusión interna sobre la renuncia, la enmienda para acortar el mandado y la constituyente, son la causa de que la recolección de las firmas, con apego a la Resolución N° 070906-2770, sea a finales de octubre. De conseguir las firmas necesarias, el CNE tendrá 20 días hábiles -un mes- para auditar y verificar las firmas. Luego tres días continuos más para declarar la procedencia o no del referendo revocatorio. Y de ser procedente, habrá un lapso de convocatoria al revocatorio de 90 días, tal cual expresa la ley, que colocaría la realización definitiva del proceso electoral para el primer trimestre del año 2017. Todos estos lapsos están contemplados y ajustados a derecho.
La normativa legal que rige la materia se puso en funcionamiento en 2007, factor que desmonta la tesis de que el CNE está manipulando su contenido dada la coyuntura política. La responsabilidad de que el revocatorio no sea en 2016 es única y exclusiva de la MUD, que pudiendo hacer el trámite en enero prefirieron derrochar el tiempo.
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