domingo, 19 de marzo de 2017

NOTA A HERMANAS Y SOBRINOS

Rafael Salazar compartió su publicación.
 


1- El inquilino Adalberto pagó transfiriendo el canon que se comprometió a pagar de 1MIL a 100MIL Bs. por el alquiler de su negocio en la casa Nro 10-9, calle Alegría c/c Manrique, San Carlos, Estado Cojedes, Venezuela, de la sucesión María Margarita Pacheco de Salazar . Esta sucesióna través de su representante legal Rafael Salazar está convocando a sus coherederos hermanas y sobrinos Salvador Salazar a reunión para que consignen el número de su cuenta bancaria para que en valores humanos, ciudadanos y cristianos en la praxis del buen compartir se repartan los ingresos y gastos de esta sucesión haciendo uso de nuestros derechos y obligaciones. Asimismo hay que inscribir la sucesión como arrendadora en SUNAVI, Y DEBEMOS HACERLO ENTRE TODOS UNIDOS PORQUE HAY DATOS QUE HAY QUE INCORPORAR Y ARCHIVOS EN PDF QUE ANEXAR, ENTRE OTROS PROCEDIMIENTOS E INFORMACIONES, QUE LOS HE HECHO PERO OTROS NO HE PODIDO REALIZARLOS Y NECESITO AYUDA DE USTEDES PARA QUE LO HAGAMOS BIEN EN EQUIPO. Atentamente, Rafael A. Salazar P. Hermano de Inma, Arlette, Merly y tío de Miguelángel y Miguel Eduardo.
2- El reparto en valores se puede hacer mensual pero para mí es mejor cada 5meses en el banco respectivo donde está la cuenta de la sucesión. Ojo, para hacer cualquier diligencia en SUNAVI y en SUNDDE como arrendatario y arrendador se tiene que estar inscrito en esas instituciones.




CON GRATITUD POR CASO DE MÁS DE DIEZ AÑOS FUE RESUELTO POR ESO FELICITO A ABOGADOS DE LA UNIDAD DE DEFENSA PÚBLICA DE INQUILINATO DE COJEDES POR LA EFICIENCIA EN SOLUCIÓN DE CASOS EN REUNIONES CONCILIATORIAS AJUSTANDO A DERECHO EN JUSTICIA Y PAZ A ARRENDATARIOS Y ARRENDADORES COJEDEÑOS.



CASO SUCESIÓN PACHECO DE SALAZAR CON INQUILINA DIONICIA PALMONA
Según Acta de comparecencia de la Unidad Regional de Defensa Pública del Estado Cojedes de fecha 03/03/2017 la ciudadana DIONICIA FRANCISCA PALMONA GRATEROL, C.I: 7.283.391, manifiesta no tiene para donde mudarse y que la abogada de SUNAVI le indicó que asista a la reunión para luego tomar una decisión. Vista las exposiciones de los comparecientes acuerda en relación a Dionicia Francisca Palmona Graterol realizar el Procedimiento Previo a la demanda por ante el SUNAVI por necesidad DEL INMUEBLE que manifiestan los integrantes de la sucesión. También solicitar una inspección al SUNAVI en relación a la vivienda que ocupa la ciudadana DIONICIA FRANCISCA PALMONA GRATEROL.
En atención a la ciudadana DIONICIA FRANCISCA PALMONA GRATEROL considerando el contrato de arrendamiento de 2001 firmado por ella y mi progenitora de la casa Nro 10-9, calle Alegría c/c Manrique, en San Carlos, Estado Cojedes, Venezuela, en relación a las cláusulas de este contrato a grandes rasgos fue público y notorio su incumplimiento al instalarse en esta casa el RESTAURANTE LA NEGRA de incumplimiento del mismo, en la cláusula CUARTA, establece LAS ARRENDATARIAS, se obligan a no destinar el inmueble dado en arrendamiento a otro fin que no sea el de habitación familiar, … igualmente en la cláusula SÉPTIMA establece, LAS ARRENDATARIAS, quedan obligadas a no hacer ninguna alteración o modificación del inmueble arrendado. Entre otros detalles, con un canon de arrendamiento inicial de 200.000 Bs. mensuales y después no se pudo establecer otro contrato de arrendamiento estableciéndose un canon de arrendamiento de un mil Bs. hasta la presente fecha supuestamente impuesto de manera unilateral por una de las partes que al cobrarse en situación de necesidad se legalizaba. Esta inquilina por no tener medidas de desalojo, ni ninguna otra media o acción punitiva legal contra ella, por nosotros de la sucesión María Margarita Pacheco de Salazar, y por tener este país venezolano un único orden institucional y legal, por supuesto, un solo estado articulado entre todas sus instituciones, solicitamos a esta Unidad de Defensa Pública del Estado Cojedes continuar los excelentes diálogos conciliatorios en valores humanos, ciudadanos y cristianos, muy respetuosos en libertad, entre las partes, es decir, entre esta sucesión y esta inquilina, en justicia pública que supera a la justicia privada y además posibilitan a nosotros los humildes se les cumpla el orden constitucional e institucional.
A objeto de llegar acuerdos conciliatorios entre esta inquilina y mi persona en representación legal de esta sucesión reitero reunirnos orientados por esta Unidad de Defensa Pública de resolver en Justicia y Paz las propuestas de las partes relacionadas al tiempo de desocupación y fijación del canon de arrendamiento del inmueble hasta que dure la prórroga de los meses acordados de desocupar la casa.
Esto se plantea puesto que la inquilina ha declarado que esta casa no es de ella y si la sucesión le solicita desocupación la entrega y en honor a su verdad, honestidad y mi presunción de buena fe de ella y se enmienden los errores en sana justicia histórica social solicito estas reuniones en diálogos magnánimos para que resolvamos este caso de inquilinato de mutuo acuerdo ajustados al estado de derecho.
Atentamente, Rafael A. Salazar P

Anexo:

TERCERA REUNIÓN EN DEFENSA PÚBLICA COJEDES EL 3/3/2017
La tercera reunión transparente del 3/3/2017 en Sede de la Unidad Regional De Defensa Pública del Estado Cojedes / INQUILINATO/ hacemos notar que esta institución representa el ESTADO DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA orientando el diálogo conciliatorio de Justicia y Paz, hacia la post modernidad socialista, haciendo respetar y cumplir lo acordado decidimos en libertad entre la Sucesión María Margarita Pacheco de Salazar, C.I: 1.021.412, RIF: J-40021976-0, propietaria de la casa Nro 10-9, Calle Alegría C/C Manrique, Sector Centro San Carlos, Estado Cojedes, Venezuela, y sus inquilinos la ciudadana Dionicia F Palmona G, C.I: 7.283.391, por la casa de habitación donde ella estableció el Restaurante La Negra y el ciudadano Adalberto Fuentes Borrero, C.I: 11.522.614, representado por la ciudadana Diana Carolina Garmendia Perez, C.I: 20.953.661, por la parte del inmueble finge como local comercial de vidriera/marquetería con dormitorio / vivienda.
La ciudadana inquilina Dionicia manifiesta no ha encontrado para donde mudarse y que la abogada en SUNAVI le indicó asista a la reunión para luego tomar una decisión, SE REFIERE, en relación a realizar al procedimiento previo a la demanda por ante el SUNAVI por necesidad del inmueble manifiestan los integrantes de esta sucesión.
Los integrantes de esta sucesión María Margarita Pacheco de Salazar manifestaron estar de acuerdo que el representante legal SEA el ciudadano Salazar Pacheco Rafael Antonio, miembro de esta comunidad de coherederos, quien se encargue de asistir los trámites administrativos y judiciales en lo que se refiere a este inmueble en conflicto.
La ciudadana Diana, en representación del ciudadano inquilino Adalberto Fuentes Borrero, manifiesta necesita un (1) año y tres (3) meses de prórroga para desalojar el local comercial/vivienda y se compromete pasar del irrisorio canon de arrendamiento de un (1) mil Bs mensuales a pagar desde el quince de marzo de 2017 la cantidad de CIEN MIL (100.000) BOLÍVARES MENSUALES HASTA EL LAPSO ACORDADO DE UN (1) AÑO Y TRES MESES DE PRÓRROGA DEPOSITANDO ESTAS MENSUALIDADES Y LA DEUDA EN MORA A LA CUENTA DE AHORRO 0116-0014-06-0205778992 DE BANCO OCCIDENTAL DE DESARROLLO( BOD) DEL REPRESENTANTE DE ESTA SUCESIÓN CIUDADANO RAFAEL SALAZAR.
Además de solicitar a inquilinos los certificados de solvencias de servicios de los negocios antes indicados también entreguen el del fisco municipal según el representante de esta sucesión, el cual propone a la sucesión pagar deudas al fisco municipal, diligencias de abogados, por ejemplo debería existir una sola sucesión no dos (2) sucesiones, corregir errores, entre otros gastos, con autorización de sus miembros, por lo cual el dinero pagado que pertenece al 20% por cada derecho de esta sucesión, igual al de los hermanos Salvador Salazar a 10% para cada uno de ellos, en vez de repartir se acumule haciendo un pote de ahorro reserva para pagar los gastos de esta misma sucesión. Los coherederos Inma y Merly han manifestado está bien esto del pote para invertir en sanear casa de la sucesión.
Gracias a la nueva política de justicia y paz del estado republicano bolivariano venezolano, conciente o inconcientemente, hacia la sociedad post moderna el socialismo de valores humanos, ciudadanos y cristianos a los pobres resuelve estos casos en igualdad y justicia, transparente, entre las partes en conflictos porque en la justicia privada quien no tiene dinero para comprarla no tiene justicia como le paso a esta familias de la sucesión María Margarita Pacheco de Salazar desde el 2004 hasta el 2017 tratando de resolver sin poder hacerlo, algunos abogados en la justicia privada se apropiaban de los documentos de la sucesión hasta el momento no los han devuelto, ya suponíamos íbamos a perder la propiedad que heredamos por la oscura y tracalera, injusta, justicia privada defendida por los posarcaicos.
Nosotros los trabajadores humildes, técnicos y profesionales solamente tenemos justicia pública. La justicia privada nos impide tener justicia justa porque no podemos comprarla es muy cara solamente para los ricos.
Informaciones escritas FUNDAMENTALMENTE según el Acta de Comparecencia de Unidad Regional Defensa Pública del Estado Cojedes del 3/3/2017.
Atentamente, Rafael A. Salazar P.
Nota, busca en Google posarcaico y república posarcaica.
 
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