miércoles, 26 de febrero de 2014

Pregunta a la ONU y a la OEA: ¿Guayas, alambre de púas y cabillas enterradas no son equivalente a minas antipersonales?


Cabillas en Maracaibo

CABILLAS EN MARACAIBO

Credito: Panorama

Alambre de púas en Caracas

ALAMBRE DE PÚAS EN CARACAS

Caracas, febrero 26 - En redes sociales, correos electrónicos y comentarios en la web son cada vez más los ciudadanos venezolanos que se preguntan si las herramientas que está usando el fascismo en Venezuela no son el equivalente a las minas antipersonales, prohibidas mundialmente.

No necesariamente son explosivas pero cumplen el mismo objetivo: "Están diseñadas para matar o incapacitar a sus víctimas. Se utilizan para colapsar los servicios médicos enemigos, degradar a tropas (y ciudadanos), y dañar vehículos no blindados. Buscan sobre todo que hieran gravemente o mutilen. Así, sus efectos más comunes son amputaciones, mutilaciones genitales, lesiones musculares y en órganos internos, quemaduras". Esto lo señala Wikimedia. En Venezuela ya hay tres víctimas fatales por la instalación de guayas atravesando las vías, sobre todo de noche.

El Tratado de Ottawa o la Convención sobre la prohibición de minas antipersonales, formalmente denominada Convención sobre la prohibición del empleo, almacenamiento, producción y transferencia de minas antipersonales y sobre su destrucción es un tratado internacional de desarme que prohibe la adquisición, la producción, el almacenamiento y la utilización de minas antipersonales. La Convención fue dispuesta para su firma los días 3 y 4 de diciembre de 1997 y depositada el 5 de diciembre del mismo año en Nueva York ante el Secretario General de las Naciones Unidas. Entró en vigor el 1 de marzo de 1999.

Tienen la palabra los organismos internacionales.

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