31-08-15.-El Ministerio Público logró privativa de libertad para los funcionarios del Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario, Franklin José Castellano (23) y Nilson José Morillo Ramírez (26), por exigir 500 mil bolívares a una mujer cuyo hijo se encuentra recluido en el Centro Penitenciario Región Centroccidental Sargento David Viloria, en Uribana, estado Lara.
En la audiencia de presentación, el fiscal 22º de esa jurisdicción, Javier Torrealba Hernández, imputó a Castellano y Morillo, respectivamente, bajo la presunta comisión de los delitos de concusión y asociación para delinquir.
Estos delitos están previstos y sancionados en la Ley Contra la Corrupción y el Código Penal.
El artículo 62 de la Ley Contra la Corrupción tipifica el delito de concusión de la siguiente manera: “el funcionario público que abusando de sus funciones, constriña o induzca a alguien a que dé o prometa, para sí mismo o para otro, una suma de dinero o cualquier otra ganancia o dádiva indebida, será penado con prisión de dos (2) a seis (6) años y multa de hasta el cincuenta por ciento (50%) del valor de la cosa dada o prometida”.
Una vez evaluados los elementos de convicción presentados por el fiscal, el Tribunal 5º de Control de ese estado dictó la medida privativa de libertad para ambos hombres y fijó su reclusión en el Centro Penitenciario de Los Llanos Occidentales, ubicado en Guanare, estado Portuguesa.
El pasado 12 de agosto, una mujer interpuso una denuncia ante el Comando Antiextorsión y Secuestro (Conas) de la Guardia Nacional Bolivariana, en la cual aseguró que le estaban cobrando 500 mil bolívares para no maltratar a su hijo que se encuentra privado de libertad en el Centro Penitenciario Sargento David Viloria, en Uribana,.
Posteriormente, los hoy privados de libertad se comunicaron telefónicamente con la fémina y le pidieron que entregara la cantidad de dinero en los pasillos del terminal de pasajeros de Barquisimeto.
A las tres de la tarde, funcionarios del Conas acompañaron a la dama al sitio y allí se materializó la detención de Castellano y Morillo.
En la audiencia de presentación, el fiscal 22º de esa jurisdicción, Javier Torrealba Hernández, imputó a Castellano y Morillo, respectivamente, bajo la presunta comisión de los delitos de concusión y asociación para delinquir.
Estos delitos están previstos y sancionados en la Ley Contra la Corrupción y el Código Penal.
El artículo 62 de la Ley Contra la Corrupción tipifica el delito de concusión de la siguiente manera: “el funcionario público que abusando de sus funciones, constriña o induzca a alguien a que dé o prometa, para sí mismo o para otro, una suma de dinero o cualquier otra ganancia o dádiva indebida, será penado con prisión de dos (2) a seis (6) años y multa de hasta el cincuenta por ciento (50%) del valor de la cosa dada o prometida”.
Una vez evaluados los elementos de convicción presentados por el fiscal, el Tribunal 5º de Control de ese estado dictó la medida privativa de libertad para ambos hombres y fijó su reclusión en el Centro Penitenciario de Los Llanos Occidentales, ubicado en Guanare, estado Portuguesa.
El pasado 12 de agosto, una mujer interpuso una denuncia ante el Comando Antiextorsión y Secuestro (Conas) de la Guardia Nacional Bolivariana, en la cual aseguró que le estaban cobrando 500 mil bolívares para no maltratar a su hijo que se encuentra privado de libertad en el Centro Penitenciario Sargento David Viloria, en Uribana,.
Posteriormente, los hoy privados de libertad se comunicaron telefónicamente con la fémina y le pidieron que entregara la cantidad de dinero en los pasillos del terminal de pasajeros de Barquisimeto.
A las tres de la tarde, funcionarios del Conas acompañaron a la dama al sitio y allí se materializó la detención de Castellano y Morillo.
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