6.-
El 506 establece: “…el que con gritos o vociferaciones, con abuso de campanas u
otros instrumentos, o valiéndose de ejercicios o medios ruidosos, haya
perturbado las reuniones públicas o las ocupaciones o reposo de los ciudadanos
y ciudadanas en su hogar, sitio de trabajo, vía pública, sitio de
esparcimiento, recintos públicos, privados, aeronaves o cualquier medio de
transporte público, privado o masivo, será penado con multas hasta de cien unidades
tributarias (100 UT), aumentándose hasta doscientas (200 UT) en el caso de
reincidencia”
¿Cómo denunciar a vecinos ruidosos?
Hacer exceso de ruido y poner música con mucho volumen puede salir muy caro. Según el Código Penal Venezolano Vigente, en su artículo 506, quienes perturben la tranquilidad pública y privada con bulla en exceso serán sancionados con 100 unidades tributarias, y si reinciden en esta acción serán 200
- Créditos: Arnoldo Arcaya / Fuente: Ministerio Público
Hacer exceso de ruido y poner música con mucho volumen puede salir muy caro. Según el Código Penal Venezolano Vigente, en su artículo 506, quienes perturben la tranquilidad pública y privada con bulla en exceso serán sancionados con 100 unidades tributarias, y si reinciden en esta acción serán 200
- Créditos: Arnoldo Arcaya / Fuente: Ministerio Público
Paso a paso:
Cualquier persona puede denunciar ante el
Ministerio Público cuando se vea afectada por ruidos molestos como música a
alto volumen, escándalos propiciados por fiestas, discusiones o construcciones
muy cercanas a zonas residenciales en su comunidad. En cada estado del país hay
oficinas de Atención al Ciudadano y Atención a la Víctima dispuestas para este
fin.
En su página web
www.ministeriopublico.gob.ve, en la sección Atención al Público se pueden
encontrar todas las direcciones y teléfonos de las oficinas de este despacho a
nivel nacional.
El Ministerio Público tiene habilitado el
número telefónico 0800 – fisca – 00 (0800-34722-00), para contactarlos. El
servicio es gratuito y remiten la llamada a los entes policiales que puedan
atender de forma inmediata su problema.
Estas denuncias también pueden ser
procesadas por los cuerpos policiales locales o regionales quienes están en la
obligación de acudir al lugar del reporte y hacer un llamado de atención a los
responsables.
Si esta perturbación a la paz de la
comunidad afecta a algún funcionario público, quien infrinja la ley será
sancionado con tres o cuatro meses de arresto y una multa de hasta 500 unidades
tributarias.
Se debe tener en cuenta que el primer
llamado de atención que las autoridades hagan a quienes quebranten la
tranquilidad de una zona es de tipo preventivo. Posteriormente, si el problema
persiste es cuando se aplican las multas a los infractores.
CAPÍTULO VIII
De la perturbación causada en la tranquilidad
pública y privada
Artículo 506. Sin menoscabo del ejercicio de
los derechos políticos y de
participación ciudadana establecidos en la
Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela y demás leyes que
regulan la materia, todo el que con
gritos o vociferaciones, con abuso de campanas
u otros instrumentos, o
valiéndose de ejercicios o medios ruidosos,
haya perturbado las reuniones
públicas o las ocupaciones o reposo de los
ciudadanos y ciudadanas en su hogar,
sitio de trabajo, vía pública, sitio de
esparcimiento, recintos públicos, privados,
aeronaves o cualquier medio de transporte
público, privado o masivo, será penado
con multas hasta de cien unidades tributarias
(100 U.T.), aumentándose hasta
doscientas unidades tributarias (200 U.T.) en
el caso de reincidencia.
Código penal
Dios quiera lo mejor .. pero son isorpables..
ResponderEliminarDios quiera lo mejor .. pero son isorpables..
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