Mostrando entradas con la etiqueta IMPUTÓ. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta IMPUTÓ. Mostrar todas las entradas

martes, 18 de junio de 2013

Tenía en su casa de Cumaná 65 cocinas y 32 lavadoras importadas



Privado de libertad un sargento  por boicotear
distribución de productos del programa Mi Casa Bien Equipada 


(Caracas, 06 de junio de 2013) El Ministerio Público logró la medida de privación de libertad para el sargento mayor de tercera del Ejército, Juan Jiménez Rojas, y su sobrino Manuel Ledezma Rojas, detenidos tras la incautación de equipos de línea blanca del programa Mi Casa Bien Equipada, localizados el  31 de mayo en una vivienda en Cumaná.
            En la audiencia de presentación, la fiscal 5º auxiliar del estado Sucre, Alison Freire, imputó a Jiménez Rojas, quien es funcionario de la empresa Venezolana de Exportaciones e Importaciones (Veximca), por presuntamente incurrir en peculado doloso propio; mientras, Ledezma Rojas fue imputado por dicho delito pero en grado de facilitador.
Asimismo, los dos hombres fueron imputados por boicot y asociación para delinquir.
             Los mencionados delitos están previstos en las leyes Contra la Corrupción, para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, y contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.
            El Tribunal 1º de Control de Cumaná, tras evaluar los argumentos expuestos por la fiscal del Ministerio Público, dictó la medida de privación de libertad y ordenó la reclusión de los dos hombres en la comandancia de la policía de la referida ciudad.
            El citado día, funcionarios de la Guardia Nacional Bolivariana incautaron en la casa de un familiar de Ledezma Rojas, ubicada en el sector El Tacal de Cumaná, 65 cocinas y 32 lavadoras importadas por Veximca y que serían comercializadas a través del programa Mi Casa Bien Equipada; el hombre fue detenido durante el procedimiento.
Luego, el 01 de junio, Jiménez Rojas fue detenido por su presunta vinculación con el hecho.

jueves, 30 de mayo de 2013

Ministerio Público imputó a Leopoldo López por desvío de fondos en Alcaldía de Chacao


El delito precalificado es malversación genérica simple continuada

(Caracas, 30 de mayo de 2013) El Ministerio Público imputó a Leopoldo López Mendoza (41), por su presunta responsabilidad en el desvío de una partida presupuestaria en el año 2002, cuando ejercía como alcalde del municipio Chacao del estado Miranda.
            El fiscal 57° nacional, Luis Abelardo Velásquez, imputó al exburgomaestre por la presunta comisión del delito de malversación genérica simple, establecido en el artículo 56 de la Ley Contra la Corrupción, con el grado de continuidad previsto en el artículo 99 del Código Penal.
            Vale destacar que el citado artículo de la Ley Contra la Corrupción prevé que: “El funcionario público que ilegalmente diere a los fondos o rentas a su cargo, una aplicación diferente a la presupuestada o destinada, aun en beneficio público, será penado con prisión de tres meses a tres años, según la gravedad del delito.”
            Una vez que López fue imputado por los representantes del Ministerio Público, adquiere los derechos consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y lo establecido en el Código Orgánico Procesal Penal, que le permiten solicitar y evacuar diligencias.
            De acuerdo con la denuncia formulada en este caso contra López, la normativa legal lo obligaba a entregar un porcentaje de los fondos propios de la Alcaldía de Chacao y de lo percibido por situado constitucional a la Alcaldía Metropolitana, cuestión que no realizó sino que fue utilizado para otra partida presupuestaria.
            La investigación arrojó que hubo un desvío de aproximadamente 5 mil 562 millones de bolívares, equivalentes a 5 millones 562 mil bolívares de los actuales.
             
                                                                                                                                          GR
                                                                                  www.ministeriopublico.gob.ve

sábado, 11 de mayo de 2013

Por el delito de hurto calificado



Ministerio Público acusó a siete hombres por hurto de cabillas
de la Gran Misión Vivienda Venezuela en Vargas

(Caracas, 07 de mayo de 2013) El Ministerio Público acusó a siete hombres, quienes fueron detenidos el pasado 25 de febrero, por su presunta responsabilidad en el hurto de 110 cabillas en la construcción de un edificio de la Gran Misión Vivienda Venezuela, ubicado en la avenida La Playa, sector Tanaguarena del estado Vargas.
            En la audiencia de presentación, la fiscal 2° de esa jurisdicción,  Yolangel Castillo,  acusó a Oswaldo Romey Figueroa, Pedro García Centeno, Maiker Semprún, Enzo Azuaje e Iván Verhelst, por la presunta comisión del delito de hurto calificado, previsto y sancionado en el Código Penal.
            Asimismo, fueron acusados por el mismo delito los hermanos Antoni José y Dany Antonio Moya Cisneros.
            De acuerdo con el escrito presentado ante el Tribunal 5° de Control de Vargas, la fiscal solicitó la admisión de la acusación, el enjuiciamiento de los procesados  y que se mantenga la medida de privativa de libertad.
            Vale destacar que por decisión de la Corte de Apelaciones de esa jurisdicción, fue otorgada una medida cautelar de presentación para los siete hombres.
            Según la investigación, el citado día, efectivos de la Guardia Nacional Bolivariana detuvieron a los hoy encausados cuando les fueron decomisadas 110 cabillas en la planta baja de una residencia, ubicada en el mencionado sector de Tanaguarena.
            Los hombres habrían sustraído el material de la construcción de un edificio de la Gran Misión Vivienda Venezuela, el cual está cercano al lugar donde fueron aprehendidos.
            Vale destacar, que el próximo paso a seguir en este caso, es la audiencia preliminar.

                                                                                                                       EM

lunes, 29 de abril de 2013

Privan de libertad a general retirado por hechos de violencia ocurridos en el país

La fiscal 21º nacional se encuentra a cargo de la investigación

(Caracas, 29 de abril de 2013) El Ministerio Público logró privativa de libertad para el general retirado Antonio Rivero, quien fue aprehendido en Caracas el pasado sábado 27 de abril, por su presunta vinculación con hechos de violencia ocurridos recientemente en el país.
            Durante la audiencia de presentación, los fiscales 21º nacionales auxiliares, Luis Trocelis y Rosanna  Álvarez, imputaron a Rivero por la presunta comisión de los delitos de instigación a delinquir y asociación para delinquir
Tales delitos están previstos y sancionados en el Código Penal y en la Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo.
            En ese sentido, el Tribunal 2º de Control del Área Metropolitana de Caracas (AMC), con base en los elementos de convicción expuestos por los fiscales, dictó la medida privativa de libertad para el imputado y fijó como sitio de reclusión la sede del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin), ubicada en la capital de la República.
            De acuerdo con la investigación, este sábado 27 de abril, el militar retirado fue aprehendido por funcionarios del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional, en cumplimiento de una orden de aprehensión solicitada por el Ministerio Público y acordada por el mencionado Tribunal, por su presunta vinculación con los hechos antes mencionados.

viernes, 1 de marzo de 2013

Ministerio Público imputó a Leopoldo López por presunto tráfico de influencias



De acuerdo con la Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público

(Caracas, 28 de febrero de 2013) El Ministerio Público imputó a Leopoldo López Mendoza (41) por la comisión del delito de tráfico de influencias, con ocasión a las presuntas irregularidades en dos donaciones efectuadas por la empresa estatal Petróleos de Venezuela Sociedad Anónima (Pdvsa) en fechas 11 de septiembre y 23 de diciembre de 1998, a la Asociación Civil Primero Justicia.
            Los fiscales 50º nacional y auxiliar contra la Corrupción, Daniel Guédez y Lucy Correa, respectivamente, imputaron a López por la presunta comisión del referido delito, conforme con lo previsto en el artículo 72 de la Ley Orgánica de Salvaguarda del Patrimonio Público, vigente para la fecha en que ocurrió el hecho.
            Dicho artículo establece: “El funcionario público que en forma indebida, directamente o por interpuesta persona, con aprovechamiento de las funciones que ejerce o usando las influencias derivadas de las mismas, hubiere obtenido ventaja o beneficio económico para sí o para un tercero, será castigado con prisión de dos a cuatro años”.
Asimismo, dicha norma establece que: “Igual pena se aplicará al funcionario público o a cualquier persona que, en beneficio propio o de otro, haga uso indebido de la influencia o ascendencia que pudiera tener sobre algún funcionario público para que éste ordene o ejecute algún acto propio de sus funciones, o para que lo omita, retarde o precipite o para que realice alguno que sea contrario al deber que ellas impongan. El funcionario que actúe bajo estas condiciones será castigado con igual pena, excepto si concurren las circunstancias previstas en el artículo 67 de esta Ley, caso en el cual se aplicará la sanción que en dicho artículo se indica”.
            Una vez que López fue imputado por los representantes del Ministerio Público, adquiere los derechos consagrados en  la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y lo establecido el Código Orgánico Procesal Penal, que le permiten solicitar y evacuar diligencias y experticias.
            Igualmente, con relación a este mismo caso, está previsto que el próximo jueves 07 de marzo comparezca ante la sede de la Fiscalía 50º nacional, la ciudadana Antonietta Mendoza de López (66), madre de Leopoldo López, quien será imputada conforme con lo previsto en el ordenamiento jurídico venezolano.
GR

sábado, 19 de enero de 2013

Ministerio Público imputó a colombiano por acaparamiento de azúcar y leche en heladería de Trujillo



El hecho ocurrió en la capital trujillana el 7 de enero de 2013



(Caracas, 11 de enero de 2013) El Ministerio Público imputó al colombiano Diosid Martínez (36), por su presunta vinculación con el acaparamiento de 3 mil 288 kilos de azúcar y 788 kilos de leche, decomisadas el 7 de enero de 2013, en el sector Valmore Rodríguez, municipio Sucre del estado Trujillo.
            Durante la audiencia de presentación, los fiscales 4º y auxiliar de la referida jurisdicción, Gustavo Bustos y José Suárez, respectivamente, imputaron a Martínez por la presunta comisión del delito de acaparamiento, previsto y sancionado en la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a Bienes y Servicios.
            En ese sentido, el Tribunal 4º de Control de esa jurisdicción, con base en los elementos de convicción presentados por el Ministerio Público, acordó la medida de presentación para Martínez cada vez que el Tribunal lo considere pertinente.  
           El citado día, un equipo coordinado por el Ministerio Público y conformado por funcionarios del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y de la Guardia Nacional Bolivariana, realizó una inspección en un local destinado a la venta de helados, pudiendo constatar la existencia de varios fardos de azúcar y lecheetiquetadas.
             Durante el procedimientole fue solicitado al colombiano documentos y facturas que respaldaran la mercancía almacenada, no pudiéndose constatar la legalidad del origen de los referidos alimentos, razón por la cual fue detenido y puesto a la orden del Ministerio Público.  
            Cabe destacar que el Ministerio Público ha desplegado fiscales en cada uno de los estados del país, a fin de combatir el acaparamiento y especulación en la comercialización de alimentos.
            De igual manera, los fiscales superiores de las distintas jurisdicciones han participado en mesas de trabajo con otras instituciones del Estado venezolano, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios.                

miércoles, 16 de enero de 2013

Ministerio Público imputó a médico que inyectó biopolímeros a una mujer en El Callao


La víctima sufre de insuficiencia respiratoria como resultado del procedimiento


(Caracas, 14 de enero de 2013) El Ministerio Público imputó al galeno Jorge Luís Aguirre Villalobos (57), por presuntamente haberle inyectado biopolímeros en los glúteos a una mujer de 50 años de edad, hecho ocurrido el 21 de septiembre de 2012, en el centro Holístico - Médicina Estética, ubicado en El Callao, estado Bolívar.
En la audiencia de presentación, las fiscales auxiliares de la sala de flagrancia del segundo circuito  de esa jurisdicción, Eurenis López y Katiuska Guevara, imputaron al médico por la presunta comisión del delito de homicidio intencional en grado de frustración, previsto y sancionado en el Código Penal.
Asimismo, se le imputaron los delitos de contrabando de mercancías extranjeras e importación de bienes nocivos para la salud, tipificados en la Ley sobre el Delito de Contrabando y en la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios.
En ese sentido, el Tribunal 5º de Control de Puerto Ordaz, una vez evaluados los medios de convicción presentados por la fiscal, desestimó el delito de homicidio intencional en grado de frustración y en su lugar consideró el de lesiones intencionales a título de dolo eventual.
Además, el referido Tribunal dictó una medida cautelar sustitutiva de libertad consistente en arresto domiciliario, prohibición de salida del país y la suspensión del ejercicio de sus funciones, mientras dure el proceso investigativo.
El mencionado día, la víctima acudió al referido centro estético para realizarse un procedimiento de aumento de glúteos, el cual fue efectuado por Aguirre. Esa misma noche, la mujer presentó fuerte malestar.
Al día siguiente, la mujer fue llevada a un centro hospitalario por presentar dificultad para respirar, entre otros síntomas. De allí fue trasladada de emergencia a una clínica en Puerto Ordaz, donde permaneció en la unidad de cuidados intensivos, por más de 15 días.
Posteriormente, la víctima fue evaluada por un médico forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, quien constató que la mujer presentaba insuficiencia respiratoria y padece de embolismo por biopolímeros.
Una vez iniciada la investigación, se llevó a cabo un allanamiento al referido centro estético, en el que se determinó que el establecimiento no cuenta con la documentación reglamentaria y se incautaron jeringas y frascos de ampollas con sustancias prohibidas en el país.
                                            EM