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miércoles, 22 de mayo de 2013

Sentencia del TSJ garantiza atención médica a afectadas por implantes mamarios a través del Registro Nacional PIP



Credito: Archivo

21/05/13.-La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), ratificó en ponencia de su presidenta, magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado, el carácter de requisito obligatorio para el acceso a la atención médica la inscripción en el Registro Nacional Obligatorio de Implantes Mamarios PIP, instaurado por el Ministerio del Poder Popular para la Salud; por lo que se insta a todas aquellas personas naturales que se consideren afectadas por el implante de prótesis de la marca PIP a incorporarse en dicho registro.

En la decisión también se instó a dicho Ministerio enviar la data recolectada a los fines de su incorporación en el expediente y la continuación de la causa una vez transcurrido el lapso de 30 días continuos contados desde la constancia en autos de la publicación, a costa de la Defensoría del Pueblo, parte accionante, del cartel de información de la carga de inscripción de aquellas personas afectadas en el Registro Nacional Obligatorio de Implantes Mamarios PIP.

Una vez que conste en autos la información que fue solicitada, la Sala dictará auto expreso, mediante el cual se pronunciará sobre la participación de las intervinientes y la apertura del lapso para dar contestación a la demanda.

Además se ordenó la notificación de la sentencia N° 1548, de fecha 16 de noviembre de 2012, mediante la cual la Sala avocó el conocimiento de la causa que interpuso la ciudadana Adriana Alejandra Zorrilla González contra las sociedades mercantiles Galaxia Médica C.A., Multi Industrias Médicas Multimed, C.A., Localtel Servicios S.R.L., Farmacia Locatel C.A., Locatel Franquicias C.A., recalificó la pretensión como demanda de protección de derechos colectivos y difusos y la acumuló a esta causa.

También ordenó la notificación de la presente sentencia a la Defensoría del Pueblo; las sociedades mercantiles antes mencionadas; la sociedad civil sin fines de lucro Sociedad Venezolana de Cirugía Plástica Reconstructiva, Estética y Maxilofacial, en su condición de agrupación de los cirujanos plásticos de Venezuela; la Asociación Venezolana de Clínicas y Hospitales; la Asamblea Nacional; la Procuraduría General de la República, en la persona de la Procuradora General de la República; al Ministerio del Poder Popular para la Salud; al Ministerio Público; al Indepabis; la Superintendencia de la Actividad Aseguradora; y a todas las personas que se hayan visto afectadas por la implantación en su cuerpo de las prótesis mamarias marca PIP fabricadas por la sociedad mercantil francesa “Poly Implant Prothese (PIP)”, interesadas en hacerse parte en la presente causa, para que estas últimas realicen su inscripción en el registro correspondiente.

miércoles, 17 de abril de 2013

Presidenta del TSJ: Desde la Constitución de 1999, se eliminó la forma manual de los procesos electorales


Presidenta del TSJ

PRESIDENTA DEL TSJ

Caracas, abril 17 - La presidenta del Trinubal Supremo de Justicia, Luisa Estella Morales, afirmó este miércoles que garantizarán justicia tras las muertes registradas en el país y que un eventual conteo manual de los votos sería imposible.

“Queremos fijar posición en relación a un hecho muy importante que ha generado esta movilización de algún sector de la población, cuál es el origen de estos hechos violentos que se han suscitado durante estos últimos días. Se anunció por parte de un candidato la solicitud de un conteo manual del 100% del resultado electoral, hasta este momento no ha recurrido ante los órganos correspondientes para solicitar ese conteo manual”, expresó.

“Es por una razón importante, en Venezuela, desde la Constitución de 1999, se eliminó la forma manual de los procesos electorales, en Venezuela el sistema electoral es absolutamente sistematizado, de modo pues que el conteo manual no existe”.

“Se ha engañado a aquellas personas que han pensado que realmente esto podría producirse y saben y están claros la mayoría de las personas que insisten en el conteo manual que los sistemas no se auditan a través de la papeletas sino a través del sistema, sino son auditorías y no conteos manuales”, añadió.

“Pero esta presunta instigación a que se haga un conteo manual ha enardecido a muchos venezolanos que han creído en la palabra que le expresaron las personas que fungían o que fungen como sus líderes”.

“En la mañana de hoy (miércoles) hemos recibido en la Sala Constituicional del TSJ un amparo constitucional de un ciudadano de la oposición, ¿porqué no se empezó por allí?”, se preguntó.

sábado, 23 de marzo de 2013

Fiscal General solicitó declaratoria de antejuicio de mérito contra el diputado Richard Mardo


Ante el Tribunal Supremo de Justicia

(Caracas, 12 de marzo de 2013) La fiscal general de la República, Luisa Ortega Díaz, solicitó ante el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) la declaratoria del antejuicio de mérito contra el diputado a la Asamblea Nacional (AN) por el estado Aragua, Richard Mardo (43), con el fin de continuar con el procedimiento penal por vía ordinaria.
            Ortega Díaz informó que dicho petitorio se realiza en virtud de la presunta comisión de los delitos de defraudación tributaria y legitimación de capitales, previstos y sancionados en el Código Orgánico Tributario y en la Ley Orgánica contra la Delincuencia Organizada (vigente para el momento en que presuntamente ocurrió el hecho).
            En ese sentido, recordó que el 6 de febrero de 2013, el presidente de la Comisión de Contraloría de la AN, diputado Pedro Carreño, presentó una denuncia ante el Ministerio Público en la que señalaba que Mardo había recibido un número determinado de cheques de distintas personas naturales y jurídicas, y que esa instancia del Poder Legislativo consideraba que podía estar incurso en hechos delictivos.
            La Fiscal General indicó que en dicha denuncia se observó que los fondos recibidos por el diputado Mardo, a través de esos cheques y una transferencia a su cuenta personal, no realizó la correspondiente declaración del impuesto sobre la renta.
            Destacó que se presume que la recepción de esos fondos pudieron ser ejecutados en fraude para el Estado, es por ello que consideró que una de los hechos en los que pudiera estar incurso el diputado es la defraudación tributaria.
            Respecto al delito de legitimación de capitales, la máxima titular del Ministerio Público señaló que se presume su comisión al notar que una de las empresas le suministró un cheque a Mardo por un monto superior a lo declarado en ganancias por esa compañía.
Precisó que si el TSJ autoriza al Ministerio Público para iniciar la investigación, se profundizará en ella.
            Ortega Díaz manifestó que por ahora el Ministerio Público no puede ejercer ninguna acción contra el diputado porque se estaría violando el privilegio del que él goza.
            Aclaró que el antejuicio de mérito es un obstáculo al ejercicio de la acción penal, es por ello que su finalidad es proteger a la institución, pues no se puede ejecutar ningún acto que implique una persecución penal contra ningún alto funcionario, sin que el TSJ haya declarado de manera expresa que existen méritos suficientes. 
            LD
                                                                                  www.ministeriopublico.gob.ve