02-11-17.-El Ministerio de Agricultura Productiva y Tierras prohíbe la movilización de animales bovinos (vacunos y bufalinos) en pie, desde cualquier parte del país hacia los municipios fronterizos de los estados Apure, Bolívar, Táchira y Zulia, según quedó establecido en la Gaceta Oficial N° 41.267 del 30 de octubre.
En la gaceta se expresa, que la decisión fue tomada en aras de garantizar el abastecimiento de proteína animal a la población esas regiones. Y también se señala que el Instituto Nacional de Salud Agrícola Integral (Insai), podrá emitir un Permiso Especial de Movilización para animales con destino a faena en Mataderos y Salas de Matanza debidamente registrados y autorizados por el referido Instituto y habilitados por la Unidad Técnica Nacional de la Carne, en base a un número determinado de cupos, definido según la capacidad operativa de los establecimientos de faena y en acuerdo con las instancias de la Gran Misión Abastecimiento Soberano (GMAS).
Además exhorta a todas las autoridades civiles, policiales y militares, al sector privado y los particulares en general, a colaborar en el estricto cumplimiento de esta resolución y a la aplicación de las normas vigentes en la materia, en resguardo del derecho del pueblo venezolano al abastecimiento oportuno y estable de los alimentos necesarios para la alimentación del pueblo venezolano.
En la gaceta se expresa, que la decisión fue tomada en aras de garantizar el abastecimiento de proteína animal a la población esas regiones. Y también se señala que el Instituto Nacional de Salud Agrícola Integral (Insai), podrá emitir un Permiso Especial de Movilización para animales con destino a faena en Mataderos y Salas de Matanza debidamente registrados y autorizados por el referido Instituto y habilitados por la Unidad Técnica Nacional de la Carne, en base a un número determinado de cupos, definido según la capacidad operativa de los establecimientos de faena y en acuerdo con las instancias de la Gran Misión Abastecimiento Soberano (GMAS).
Además exhorta a todas las autoridades civiles, policiales y militares, al sector privado y los particulares en general, a colaborar en el estricto cumplimiento de esta resolución y a la aplicación de las normas vigentes en la materia, en resguardo del derecho del pueblo venezolano al abastecimiento oportuno y estable de los alimentos necesarios para la alimentación del pueblo venezolano.
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